El personal funcionario de las Entidades Locales se rige por la legislación estatal que resulte de aplicación, de la que forma parte este Estatuto (RDL 5/2015, 30 octubre) y por la legislación de las Comunidades Autónomas, con respeto a la autonomía local.
Art. 3.1, RDL 5/2015, 30 octubre
Art. 3.1, RDL 5/2015, 30 octubre