Las retribuciones básicas, que se fijan en la Ley de Presupuestos Generales del Estado, estarán integradas única y exclusivamente por:
- El suelo asignado a cada Subgrupo o Grupo de clasifiación profesional, en el supuesto de que éste no tenga Subgrupo.
- Los trienios, que consisten en una cantidad, que será igual para cada Subgrupo o Grupo de clasificación profresional, en el supuesto de que éste no tenga Subgrupo, por cada tres años de servicio
Art. 23, RDL 5/2015, 30 octubre