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ASIGNACIÓN A LAS COMUNIDADES AUTÓNOMAS EN FUNCIÓN DEL VOLUMEN DE SERVICIOS Y ACTIVIDADES ESTATALES ASUMIDAS

En los Presupuestos Generales del Estado podrá establecerse una asignación a las Comunidades Autónomas en función del volumen de los servicios y actividades estatales que hayan asumido y de la garantía de un nivel mínimo en la prestación de los servicios públicos fundamentales en todo el territorio español.

 

Art. 158.1, Constitución española