Introduzca la palabra que desee buscar en la barra de búsqueda

Buscar este blog

CONVOCATORIAS Y SISTEMAS SELECTIVOS DEL PERSONAL LABORAL

Las convocatorias deberán someterse a lo previsto en el Título I del presente Reglamento y a los criterios generales de selección que se fijen por el Ministerio para las Administraciones Públicas. En el «Boletín Oficial del Estado» se anunciarán, al menos, el número de plazas por categorías y el lugar en que figuren expuestas las bases de las convocatorias.

Los sistemas selectivos serán la oposición, el concurso-oposición y el concurso.

Art. 29 RD 364/1995, 10 de marzo